Los límites de la reelección tienen como objetivo principal la preservación de la democracia así como la protección del derecho hum...
Los límites de la reelección tienen
como objetivo principal la preservación de la democracia así como la protección
del derecho humano a la participación política, según un informe de la Comisión
Europea para la Democracia a través del Derecho.
El
documento, aprobado por la Comisión de Venecia en su versión 114 Sesión
Plenaria del 16 y 17 de marzo de 2018, indica que estas limitaciones
representan un medio para reducir el peligro de abuso de poder por parte de la
cabeza de gobierno de un país.
Entre
sus conclusiones también destaca que estos términos, que están dentro de la
Carta Magna de una nación, solamente deberían ser modificados por decisión del
pueblo.
“Cuando
el pueblo decide adoptar un sistema presidencial o semipresidencial, también
tiene la facultad de decidir el poder presidencial y el período de la
presidencia.
Por
lo tanto, los límites a la reelección presidencial son una restricción
autoimpuesta al poder del pueblo de elegir libremente a un representante con el
objetivo de mantener un sistema democrático”, manifiesta.
Propuesta de Almagro
Este
estudio sobre el Der echo a la Reelección propuesto por el secretario general
de la Organización de los Estados Americanos (OEA), Luis Almagro, fue pensado a
propósito de “las malas prácticas” que han tomado algunos gobiernos a la hora
de modificar los períodos legislativos, mediante decisiones en cortes
constitucionales y no a través de un proceso de reforma.
La
publicación, de 28 páginas, enumera entre sus conclusiones que un referendo no
debería ser utilizado para evitar los procedimientos parlamentarios de
enmienda.
“Los
referendos populares orientados a abolir los límites a la reelección
presidencial son particularmente peligrosos, en tanto que generalmente es el
presidente en funciones quien -directa o indirectamente- pide el referendo y el
referendo mismo es una manifestación de los poderes plebiscitarios que se
proponen prevenir las limitaciones a los mandatos presidenciales”, detalla.
El
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos adopta la posición que los
estados tienen la necesidad de acoger medidas legislativas, aclarando que éstas
no deben ser discriminatorias, para así garantizar a los ciudadanos derechos
protegidos.
Es la Constitución
Otro
punto tocado es que los mandatarios no tienen derecho, tras un primer mandato,
a postulación presidencial si la Constitución dispone lo contrario.
“La
restricción del derecho de los presidentes en funciones a ser elegidos se
deriva de una elección soberana del pueblo en busca de los objetivos legítimos
de interés general, que prevalecen por sobre el derecho del Presidente en
funciones”, explica la Comisión de Venecia.
CRONO
Modificación
El
12 de junio de 2015 fue modificada la Constitución con el fin de restablecer la
reelección presidencial, que había sido retirada en la Carta Magna de 2010.
La incógnita
Danilo
Medina no ha dicho si optará por modificar la Constitución.