Aclara también que las disposiciones descritas en la resolución no impiden que los titulares de licencia de porte y tenencia de arma de fuego puedan iniciar o continuar con sus respectivos procedimientos de renovación.
Mientras que en lo relativo a la ampliación de la red de laboratorios a todo el país, la Resolución MIP-RR-0003-2022 indica que dichos laboratorios tendrán un plazo de 10 días a partir de este martes 1 de febrero, a fin de que puedan acreditarse, siempre y cuando cumplan con los requisitos de Licencia de Habilitación emitida por el Ministerio de Salud Pública, así como tener en su lista de servicios las pruebas de dopaje y alcoholismo.
Por otra parte, deberán adjuntar a su solicitud copias de los documentos establecidos por ley y que se detallan en la resolución publicada en nuestro portal.
En tal sentido, la Dirección de Registro y Control de Armas requerirá a los laboratorios que resultaren acreditados, cuando lo estime conveniente, certificación de inspección del Ministerio de Salud Pública y realizará una evaluación de cumplimiento anual, respecto a la Licencia de Habilitación vigente, Registro Mercantil, así como cumplimiento de pago de las obligaciones fiscales y de la Tesorería de Seguridad Social.
La solicitud de acreditación podrá presentarse de manera física o digital a través del portal institucional mip.gob.do, en el link acreditación laboratorios clínicos o remitiendo la documentación al correo acreditaciónlaboratorios@mip.gob.do.
El MIP dispondrá de un mes para la revisión y validación de la documentación aportada por los laboratorios clínicos solicitantes y emitir la correspondiente certificación de acreditación, si procede. Además, la institución se reserva el derecho de requerir alguna documentación adicional que considere necesaria a los solicitantes.
La Resolución MIP-RR-0003-2022 deja claro que los laboratorios actualmente autorizados podrán continuar brindando el servicio, pero deberán regularizar su documentación ante Interior y Policía, de ser necesario, para lo cual tiene un plazo de 30 días a partir de este martes 1 de febrero.
Huella Balística será cada dos años
Otra de las resoluciones aprobadas por el ministro Vásquez Martínez instruye ampliar a dos años en lugar de uno la huella balística. Cabe destacar que los demás requisitos para la emisión, traspaso y renovación de licencias de armas de fuego siguen iguales.
