
Como si se tratara del pago de un favor político, la Segunda
Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia rechazó el recurso
de casación que interpuso la fiscal del Distrito Nacional Yeni
Berenice Reinoso, al archivo definitivo de las investigaciones
por presuntos actos de corrupción al ex ministro de obras
públicas Víctor Díaz Rúa.
En la instancia que cuenta con el voto disidente de Miriam
Germán Brito, presidenta del tribunal, y Esther Angelán Casasnovas, se estableció que se pudo comprobar
que la decisión impugnada no contiene vicios, “ya que se hizo una correcta aplicación de la norma penal,
ciñéndose a las reglas del debido proceso, en los aspectos procedimentales de la misma”.
La Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación había confirmado la decisión que declaran
nulas todas y cada una de las actuaciones del proceso investigación seguido al ex ministro de Obras
Públicas, por la fiscalía.
El tribunal desestimó los recursos de apelación incoados por Berenice Reynoso y la Fundación Primero
Justicia, en contra de la decisión del Cuarto Juzgado de la Instrucción.
La Corte sostuvo que las actuaciones llevadas a cabo por el Ministerio Público fueron practicadas en
violación a los derechos fundamentales de Díaz Rúa, contraviniendo disposiciones legales y
constitucionales.
Planteó que el imputado está protegido por el principio constitucional de la no autoincriminación, y que el
Ministerio Público estaba en la obligación de notificarle, no solamente la querella, sino toda actuación que
realizara luego de la solicitud de medida de inmovilización.