Por Daygorod Fabián Sánchez El Autor es Educador y Comunicador Social La filigrana que impregna la disputa contra la corrupción y ...
Por Daygorod Fabián Sánchez
El Autor es Educador y Comunicador Social
La filigrana que impregna la disputa
contra la corrupción y la impunidad – principal tema de lucha de la Marcha
Verde – presenta muchos legajos, esencialmente los que maneja el PGR, quizás para
fines de archivo definitivo.
Pero hay algo que solo un
periodista y articulista (Miguel Guerrero) ha mencionado; sin darse cuenta la Marcha
Verde está colaborando con un retorno de Leonel Fernández antes de los comicios
electorales del año 2020. Para entender este punto de vista nos ceñiremos a ver
un fragmento de la Carta Magda Dominicana, en específico los Art. 129 y 130, de
la misma.
Artículo 129.- Sucesión Presidencial. La Sucesión Presidencial
se regirá por las siguientes Normas:
En caso de falta definitiva del Presidente de la República, el
Vicepresidente asumirá la Presidencia de la República por el tiempo que falte
para la terminación del período presidencial;
Esto ha de ser posible, en virtud
de que la misma Marcha Verde quiere propiciar el ambiente necesario para la
destitución del Presidente Medina; de hecho lo pide a gritos en las marchas multitudinarias
que realiza en diversos puntos de país – debo resaltar que el escrito se fundamenta
en un escenario hipotético, pero no imposible –
Pero la pregunta del millón es ¿Cómo
sería Leonel Fernández Presidente si quien continua en la línea sucesoral es la
Vicepresidente Dra. Margarita Cedeño de Fernández? La respuesta es simple: ante
una destitución (Insisto en un escenario hipotético pero no imposible) del Presidente
Medina, ella sería la que asumirá los destinos de la nación.
…Que tal si se proporciona ese escenario
Ya instalada en el Poder, es evidente
de que no habría un Vicepresidente, y para tales fines debemos analizar el Art.
130, de la Carta Magna:
Artículo 130.- Sucesión Vicepresidencial. En caso de falta definitiva del Vicepresidente
de la República, antes o después de su juramentación, el Presidente de la República,
en un plazo de treinta días, presentará una terna a la Asamblea Nacional para
su elección. Vencido el plazo sin que el Presidente haya presentado la terna,
la Asamblea Nacional realizará la elección.
Si hace falta el Vicepresidente,
la Presidente (en el caso hipotético de que sea Margarita) esta puede presentar
a su esposo como parte de una de las ternas, que sería fácilmente aprobada
producto de la mayoría aplastante que tiene en sus manos el oficialismo peledeista.
Ya hecho esto ella solo debe
renunciar y ahí está: Leonel Presidente otra vez!