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Quienes alteren los informes del Censo Nacional irán a la cárcel por hasta seis meses

Santo Domingo. – La Ley No. 5096 Sobre Estadísticas y Censos Nacionales, es clara y precisa sobre los roles que debe cumplir cada personas q...


Santo Domingo. – La Ley No. 5096 Sobre Estadísticas y Censos Nacionales, es clara y precisa sobre los roles que debe cumplir cada personas que se involucre en este proceso.

Según el articulo 31, todos los enumeradores, revisadores, o encargados de alguna labor para la ejecución del censo que alteren los informes que les hayan sido suministrados o que, con cualquier propósito, preparen datos falsos serán castigados con prisión de un mes a tres meses, o con una multa de veinticinco a doscientos pesos. Expresa que podría recibir ambas penas a la vez.

En el apartado B del mismo numeral, indica que también recibirán esta sanción, las personas que para la ejecución del censo suministren datos referentes al mismo a personas o entidades que no sean las encargadas legalmente para recibirlos, o que por su cuenta den publicidad a informes o datos parciales o totales de la labor indicada.

Recordamos que el X Censo Nacional de Población y Vivienda iniciará este jueves 10 de noviembre y culminara el 23.